Aprobada el 21 de noviembre de 1998 y promovida por el Congresista Woodman, el Acta que lleva su nombre tuvo una historia breve pero accidentada. El origen de la misma se encuentra en la decisión promovida el 18 de agosto por el Presidente Clinton en el Consejo de Seguridad de la ONU. Esa decisión es la que supuso el primer intento efectivo de usar la legislación como medio de controlar la amenaza exhumana, y debía trasladarse a las legislaciones de cada estado siguiendo sus propios procesos.
Estados Unidos fue el primer país en aprobar la legislación correspondiente a través del Acta Woodman, cuya tramitación en el Congreso de los Estados Unidos estuvo llena de conflictos y debates pero, gracias a la presión del propio Woodman y del Presidente, acabó completando su tramitación en poco más de tres meses.
El Acta Woodman establece los siguientes puntos como pilares fundamentales de la relación de los exhumanos con los Estados Unidos de América:
-Todo exhumano está obligado a presentarse en la sede del FBE más cercana y a dejarse tomar toda suerte de muestras para su identificación posterior (adn, huellas, etc.).
-Al ser catalogado, todo exhumano es Emblemado: obligado a llevar una banda que lo identifica como exhumano encima de su ropa. Esta banda indica los poderes que posee el Emblemado (inicialmente, catalogados de modo rudimentario pero rápidamente se irá perfeccionando la técnica) y puede ser de uno de tres colores en base a lo ofensivos/peligrosos que puedan ser sus poderes: verde (inofensivo), naranja o rojo (capaz de matar a una o más personas).
-Al ser Emblemado, los derechos del humano se restringen a los que estipula el Acta Woodman, que los sitúa (en línea con lo aprobado en la ONU) como herramientas a disposición del Estado. Esto implica que el Estado puede llamarlos cuando quiera y, llegado el caso, puede disponer de ellos.
-Finalmente, aquellos que se nieguen a ser Emblemados estarán cometiendo un delito que el FBE deberá perseguir para llevar aceleradamente ante las instituciones pertinentes para su Emblemado.
Esta formulación dejó numerosas lagunas abiertas, que rápidamente estallaron cuando se enfrentó a la realidad. El hecho de que dejasen de ser personas para ser propiedad del Estado tenía numerosas consecuencias posibles, que abrían debate sobre si contaban con los derechos fundamentales, podían votar, etc. Son debates que en buena medida siguen abiertos hoy en día pese a que la jurisprudencia americana ha ido solucionando parcialmente las cuestiones.
El consenso principal desde los tribunales es que el hecho de ser propiedades del Estado no priva a los exhumanos de sus derechos "per se" si se embleman. Si no lo hacen son propiedades robadas al estado y cualquier medida se puede tomar contra ellos (la muerte, por ejemplo, es más que habitual en quienes se niegan a ser Emblemados). Sin embargo, salvo que al Estado le interese por algún motivo, aquellos que si se han emblemado están sujetos a los mismos derechos y deberes que el resto de la ciudadanía, si bien como ciudadanos de segunda clase (su opinión cuenta menos en un juicio, por ejemplo, que la de un humano; sus sueldos, cuando se los contrata, son más bajos). Una situación parecida a la que vivieron los negros en Estados Unidos después de la liberación, cuando la igualdad era más teórica que real.
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